Definiciones
APLICACIÓN: Plataforma móvil propiedad de TATEL, misma que incluye la infraestructura de cómputo, redes de telecomunicaciones, sistemas operativos, bases de datos y software que ocupa para sus operaciones, por medio del cual se realizarán los SERVICIOS que presta, y en su caso estará disponible para iOS y Android, así como por medio de la página de internet o cualquier otro medio que TATEL designe.
CONTRAPRESTACIÓN: Se entenderá como el salario, honorarios, comisiones y/o cualquier otro tipo de contraprestación, en todos los anteriores casos neto, que la EMPRESA le paga al USUARIO, por concepto de contraprestación de los servicios que éste realice en beneficio de la misma.
CONVENIO: Convenio de Colaboración previamente celebrado entre TATEL y la EMPRESA, por medio del cual la EMPRESA contrae los SERVICIOS prestados, para efecto de ponerlos a disposición de los USUARIOS.
COSTO: Cantidad establecida por TATEL que deberá ser pagada por el USUARIO por concepto de contraprestación a cambio de hacer uso de los SERVICIOS al momento de que la EMPRESA realice el reembolso de las cantidades adeudadas (incluyendo el monto retirado por el USUARIO, así como el COSTO establecido en este inciso, más el IVA).
CUENTA ORDENANTE: Cuenta de depósito a la vista, incluida la cuenta básica de nómina, o cualquier otra cuenta de depósito o cheques, abierta en una Institución de Crédito a nombre del USUARIO, en la que se realizarán, entre otros, los depósitos de los RECURSOS DEVENGADOS, que serán solicitados por medio de la APLICACIÓN. Lo anterior en el entendido que dicha cuenta deberá ser la misma cuenta en la que la EMPRESA deposita periódicamente al USUARIO los pagos que le correspondan por concepto de CONTRAPRESTACIÓN.
DATOS PERSONALES: Cualquier información concerniente a una persona física identificada o identificable.
DATOS SENSIBLES: Aquellos datos personales que afecten a la esfera más íntima de su titular, o cuya utilización indebida pueda dar origen a discriminación o conlleve un riesgo grave para éste. En particular, se consideran sensibles aquellos que puedan revelar aspectos como origen racial o étnico, estado de salud presente y futuro, información genética, creencias religiosas, filosóficas y morales, afiliación sindical, opiniones políticas, preferencia sexual.
EMPRESA: Sociedad debidamente constituida conforme a las leyes aplicables, con la que TATEL ha celebrado un Convenio de Colaboración, en virtud del cual ofrece a sus colaboradores, personal o prestadores de servicios (de aquí en adelante los “USUARIOS”), el SERVICIO que ofrece TATEL, mismo que será descrito a continuación en este documento. Dicha sociedad será la única obligada del depósito a los USUARIOS, en la cuenta determinada como CUENTA ORDENANTE, las cantidades que le corresponda a cada uno por concepto de CONTRAPRESTACIÓN a cambio de los servicios o trabajos que dicha persona realice en su beneficio, salvo en caso de que el USUARIO haga uso del SERVICIO ofrecido por TATEL, y solicite un anticipo de sus RECURSOS DEVENGADOS por conducto de la APLICACIÓN en los términos previstos en el CONVENIO y en los presentes términos y condiciones.
LEY: Se refiere a la “Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares”.
MONTO DISPONIBLE: Cantidad total o parcial de dinero que el USUARIO tendrá disponible de los RECURSOS DEVENGADOS para que efectúe el o los retiros que deseé, siempre y cuando no sea superior al monto máximo de $10,000.00 (Diez mil pesos 00/100 M.N.) en una o más transferencias, dentro del ciclo de pago de la nómina pactado entre el USUARIO y la EMPRESA.
RECURSOS DEVENGADOS: La cantidad de dinero correspondiente a los salarios, honorarios, comisiones y/o cualquier otro tipo de contraprestación, devengada por el USUARIO al servicio de la EMPRESA, misma que podrá acceder el USUARIO para efecto de solicitar y, en su caso, recibir el pago anticipado de la contraprestación acordada.
REGLAMENTO: Se refiere al “Reglamento de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares”.
SERVICIO O SERVICIOS: Conjunto de actividades que se realizarán a través del uso de la APLICACIÓN, para efecto de que el USUARIO pueda acceder y retirar los RECURSOS DEVENGADOS, solicitando a TATEL el depósito de sus RECURSOS DEVENGADOS con anticipación a la fecha de pago acordada entre el mismo y la EMPRESA. TATEL deberá realizar el depósito mencionado anteriormente, a excepción de que no cuente con los recursos suficientes para realizar dicho depósito o se encuentre en imposibilidad de cumplir efectivamente con su obligación.
TATEL: Sociedad debidamente constituida como “GRUPO TATEL, S.A.P.I. DE C.V.”, misma que será la encargada de prestar los SERVICIOS descritos más adelante.
USUARIO O USUARIOS: Personas físicas que tengan celebrados con la EMPRESA, contratos individuales de trabajo, contratos de prestación de servicios o cualquier otro contrato, quienes estarán facultados para solicitar los SERVICIOS por medio del uso de la APLICACIÓN, para efecto de recibir el pago de los RECURSOS DEVENGADOS que provengan de las prestaciones laborales o de servicios, así como cualquier otro concepto acordado entre ellos.